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Las normativas actuales determinan que no se debe conducir cuando la concentración de alcohol, la llamada alcoholemia, sea igual o mayor a 0.5 gr/litro. Esta limitación se aplica a los conductores de autos particulares. Para los conductores de motocicletas el límite aceptado como no punible es de 0.2 gr/litro y para el caso de los conductores profesionales (de micros, camiones, colectivos, taxis, etc.) es cero, lo que es igual a decir que no se admite la existencia de alcohol en sangre.
Esta reglamentación no es la misma en todo nuestro país. En las provincias de Salta, La Rioja, Tucumán, Córdoba, Entre Ríos y Neuquén, la normativa indica que sólo se permite conducir con cero de graduación alcohólica. También se observan diferencias con esta regulación en otras regiones y países. En el caso de Latinoamérica podemos citar a Brasil, Uruguay y Paraguay como países donde la concentración de alcohol en sangre debe ser cero. En Estados Unidos y Canadá varía según la región o estado pudiendo estar entre 05 y 08 g por litro. En Europa podemos citar que Alemania, Austria, Francia, Bélgica, Italia, Finlandia, Portugal, y Holanda tienen la misma reglamentaciones que en Argentina. En cambio otros países europeos tales como Hungría, Rumanía, Eslovaquia, Ucrania, República Checa y Moldavia la concentración es de 0 g por litro. Ante tanta diferencia normativa cabe entonces preguntarse cuál sería una reglamentación correcta.
Alcohol, ansiolíticos y sueño
Desde el punto de vista médico lo que debemos señalar es que inexorablemente, aún en bajas concentraciones, el alcohol en sangre disminuye la velocidad de reacción y disminuye la capacidad de concentración del conductor. También debemos mencionar otro factor que habitualmente no se señala, esto es la utilización de ansiolíticos o benzodiazepinas . Argentina es uno de los países del mundo que más sedantes y ansiolíticos utiliza y la mayoría de ellos tienen un tiempo de vida medio, es decir que permanecen en sangre por 8, 12, 16 y dependiendo del fármaco, más horas. Teniendo en cuenta lo anterior no podemos descartar en lo absoluto que una persona que consuma alcohol, aún en bajas cantidades, no haya ingerido en las últimas horas o en el último día algún ansiolítico generando así que ambos efectos se potencien y en consecuencia que la condición de velocidad de reacción y concentración para el manejo sea mucho menor. Otro factor que es responsable de no pocos accidentes de tránsito, es el sueño. Se encuentra comprobado la disminución de reacción en la conducción de vehículos automotor cuando hay falta de un sueño reparador. Observe usted que la triada alcohol, ansiolíticos y sueño incrementa las posibilidades de un accidente de tránsito.
La tasa de accidentología vial en nuestro país es verdaderamente alta y una buena proporción de ella está invariablemente asociada al consumo de alcohol. Como ya mencionamos la legislación actual admite que un conductor de un transporte público debe tener una concentración en sangre de cero alcohol habida cuenta que representa un peligro para sí y para los terceros transportados como así también para cualquier otro que intervenga en un accidente de tránsito. Ello resulta curioso ya que un conductor particular con alcohol en sangre, así sea un porcentaje bajo, también representa un peligro para sí y obviamente también para terceros. Si analizamos lo expuesto, sale a la luz que hay una incongruencia en la normativa ya que cualquiera puede ser responsable de un accidente de tránsito. Muy probablemente en un futuro cercano este tema amerite una discusión en los ámbitos correspondientes para llegar a una determinación adecuada sobre cuál es la normativa a seguir.
Mitos al realizar una prueba de alcoholemia
Comer chocolate, tomar mucha agua, masticar chicle, ponerse durante unos instantes una moneda en la boca, etc, son mitos absolutamente falsos respecto a tratar de evitar una prueba de alcoholemia positiva. Vale decir que cuando se consume alcohol la única posibilidad que la concentración en sangre no pueda ser revelada por una prueba de alcoholemia es porque simplemente han pasado la cantidad de horas suficientes como para que el organismo hubiera degradado y metabolizado el alcohol ingerido. Al respecto cabe señalar que en términos generales, dependiendo del sexo y del peso de la persona, dos copas y media de vino, dos vasos de cerveza o una medida de whisky ya darán un resultado en sangre que supera el límite del 0.5 gr/lt permitido para un conductor particular. Asimismo es conveniente señalar que algunas veces se pueden detectar falsos positivos, tal sería el caso de una persona que hubiera utilizado antes del examen de alcoholemia enjuagues bucales con contenido de alcohol, o hubiese ingerido una ensalada preparada con vinagre de alcohol, o un budín en el cual el alcohol hubiese formado parte de su preparación.
Considerando lo que hemos comentado en esta columna concluyo que aún muy bajas dosis de alcohol en sangre disminuyen nuestra velocidad de reacción, respuesta y concentración. La mayoría de las personas estiman que una dosis baja de ingesta alcohólica no altera su capacidad de conducción, sin embargo dicho pensamiento es falso. Lo que sucede es que simplemente y justamente por efecto del alcohol algunas personas no son capaces de notar la disminución de sus capacidades en la conducción y tiempo de reacción en caso de ser requerido. Francamente recomiendo no tomar ninguna bebida alcohólica antes de conducir, y no dejar de tener presente que la utilización de ansiolíticos y otros psicofármacos así como también la falta de un sueño reparador pueden ser responsables de una tragedia evitable.
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